AJUSTE DE ESTATUS
El ajuste de estatus permite a las personas ubicadas físicamente dentro de Estados Unidos tener la posibilidad de convertirse en residentes sin tener que salir del país. Por otro lado, todos aquellos que se encuentran fuera de Estados Unidos, se encuentran obligados a completar un tramite consular.
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, Peticion Familiar
En Estados Unidos las Peticiones Familiares se entienden como procedimientos migratorios que le dan la facultad a un Ciudadano Americano o Residente Permanente de solicitar residencia permanente para algún pariente; esto permite al inmigrante vivir y trabajar dentro de Estados Unidos.
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Peticion familiar para refúgiados y asilados
Si usted entró a los Estados Unidos como refugiado en los últimos 2 años o le fue concedida la condición de asilado en los últimos 2 años, usted puede solicitar que ciertos familiares obtengan el estatus derivado de refugiado o asilado.
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Peticion Laboral EB-1, EB-2, EB-3
Si está considerando venir a los Estados Unidos con una visa de trabajo o es dueño de una empresa que busca ayuda de ciudadanos extranjeros, vale la pena explorar las visas EB.
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EB-1, Para Trabajadores Prioritarios
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EB-2, Para Trabajadores Prioritarios
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EB-3, tercera preferencia
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Solicitud de Asilo (despues de 1 año de aprobado)
Un asilado puede ajustar su estatus a residente permanente si cumple con los siguientes requisitos:
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El asilado ha estado físicamente presente en los Estados Unidos durante al menos 1 año después de recibir el asilo.
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El asilado principal continúa cumpliendo con la definición de refugiado, o el asilado derivado continúa siendo el cónyuge o hijo del asilado principal.
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Entre otros.

Vamos a trabajar juntos
Hay muchas mas alternativas para ser elegible a un ajuste de estatus, si considera que puede aplicar a este beneficio contáctenos y con gusto le ayudaremos




